
El Ministerio de Salud publicó el martes 5 de Julio en el Diario Oficial el Decreto 48 que modifica los artículos 211, 216 y 350 del Reglamento Sanitario de los alimentos para incorporar, entre otras especificaciones, las cantidades de vitamina D3 que se deberá agregar a la leche líquida, a la leche en polvo y a la harina.
Este decreto publicado en el Diario Oficial otorga un plazo de 24 meses desde la publicación, para que esta regulación alimentaria sea exigible.